El artículo profesional, publicado en La Vanguardia, analiza dos de las más importantes modificaciones que han sido introducidas en el Código Penal tras la reforma que entró en vigor el pasado día 23 de diciembre de 2010. En concreto, el artículo realiza un estudio sobre las consecuencias de la introducción de un régimen de responsabilidad penal para la empresa, así como la introducción del denominado delito de corrupción entre particulares, cuya regulación obligará a las empresas a adoptar las necesarias cautelas en el ámbito de sus relaciones comerciales.
Un nuevo modelo legislativo de responsabilidad penal de la empresa.
La reforma del Código Penal operada por la Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio, ha supuesto un cambio de paradigma esencial en el ámbito de la responsabilidad penal. La reforma legislativa, concretamente, ha conllevado la regulación, por primera vez en el Ordenamiento jurídico español, de un estatuto de responsabilidad penal de la propia empresa, a quien se le podrán imponer gravosas sanciones de naturaleza penal ante la comisión de un hecho delictivo en su estructura organizativa. Ante la ausencia de pronunciamientos judiciales sobre esta materia, el artículo analiza las principales cuestiones que, desde una perspectiva lege ferenda, se suscitan en relación con esta importante cuestión, intentando dar respuesta a aquellas cuestiones que, sin lugar a dudas, deberán ser tenidas en consideración a partir de ahora por las empresas para adoptar las necesarias medidas de control y prevención de sus riesgos penales.